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RECORDATORIO DEL IMSS A PENSIONADOS PARA COMPROBAR SUPERVIVENCIA EN TIEMPO

* Su única obligación estando en retiro, es acudir dos veces por año

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Chihuahua, reitera su llamado a la población pensionada para que atiendan en tiempo con la única obligación que ahora tienen con el instituto y que es la de acudir cada seis meses a comprobar supervivencia, ya que de lo contrario, su pensión se suspende.

Este llamado lo hace la institución por medio de su área de prestaciones económicas, toda vez que aún hay pensionados que “olvidan” ir a comprobar supervivencia, y lo recuerdan cuando al acudir a cajero automático y no tienen pago. Acuden entonces a la clínica que le corresponde, aunque en son de reclamo.

Recuerda el IMSS que los pensionados (por vejez, cesantía, invalidez, viudez, orfandad o por riesgo de trabajo), deben acudir cada seis meses a comprobar supervivencia al área de prestaciones en dinero de la unidad de medicina familiar a la que se encuentran adscritos.

Para ello, en sus recibos que deben recoger cada vez que se presenten a comprobar supervivencia, se les anota la siguiente fecha en que deben ir.

En Ciudad Juárez, donde se tiene una población de más de cuarenta mil pensionados, y con un promedio de 3500 a 4500 que deben estar acudiendo por mes a sus clínicas a cubrir este requisito, fácilmente se quedan unos cien sin hacerlo en tiempo.

Cuando no se comprueba supervivencia, la pensión se suspende y se reactiva cuando el pensionado acude, aunque ya le tocará cobrar, aunque sea retroactivamente, pero hasta el siguiente mes, una vez que se le reincorpora a la nómina.

La comprobación de supervivencia tiene que llevarse a cabo cada seis meses para que de esta manera el Instituto tenga la certeza de que los pensionados siguen con vida y están recibiendo la prestación. El trámite lo hace directamente el pensionado llevando una identificación oficial que es la credencial ADIMSS u otra oficial como la tarjeta de elector.

Si el pensionado no puede acudir personalmente por motivos de salud, debe enviar una carta del médico donde indique porque no puede presentarse, además de identificación del pensionado y de quien vaya en su representación. La carta no debe ser mayor a 48 días de haber sido expedida.

Si el interesado está recluido en algún Centro de Readaptación Social, puede enviar una carta donde las autoridades del lugar indiquen que si se encuentra en ese lugar. El documento no debe tener una expedición mayor a los 30 días. Debe presentarse también la identificación oficial del pensionado y de quien realizara el trámite.

El Seguro Social exhorta a los pensionados para que acudan con tiempo y cumplan con el requisito. Solo les llevará un minuto realizarlo y a cambio tendrán la seguridad de que recibirán la prestación en tiempo y forma.